martes, 17 de agosto de 2010

1.3.3. Criterio Prudencial.

Criterio prudencial:

Se ha expresado en diferentes formas tratando de facilitar su entendimiento y relacionando fundamentalmente con las ganancias y/o utilidades y con los costos y gastos.

1.3.2. Reglas Particulares.

Reglas Particulares.
Son las aplicables específicamente a los diferentes conceptos que integran los estados financieros.

Reglas de Valuación.

Se refiere principalmente a los conceptos que integran al estado de la situación financiera, cuentas de activo, pasivo, capital.

Reglas de presentación.

Señala en la forma adecuada de la estructura de los estados financieros según ciertos criterios establecidos y aceptados como validos al nivel de generalidad.

1.3 Estructura Básica.

1.3.1. Principios.
Los principios de contabilidad que identifican y delimitan al ente económico y a sus aspectos financieros son:

 Entidad.

 Realización.

 Período Contable.

Los principios de contabilidad que establecen la base para cuantificar las operaciones del ente económico y su presentación son:

 El valor histórico original.

 El negocio en marcha.

 Dualidad económica.

El principio que se refiere a la información es el de:

 Revelación suficiente.

Los principios que abarcan las clasificaciones anteriores como requisitos generales del sistema son:


 Importancia relativa.

 Consistencia.

1.2 Legislación contable.

En la mayoría de los países las leyes y reglamentos que fijan la obligación de llevar contabilidad sufren modificaciones y adiciones conforme van surgiendo cambios económicos, políticos, sociales y culturales. Por ello es conveniente confrontar las leyes y reglamentos que contengan disposiciones actualizadas.

En México, las principales disposiciones de estas leyes y sus reglamentos, en vigor a partir del 1 de enero de 1983, son las siguientes:

1.2.1 Códigos.


Código de comercio.

De la contabilidad mercantil.



Art. 33. El comerciante esta obligado a llevar y mantener un sistema de contabilidad adecuado. Este sistema podrá llevarse mediante los instrumentos, recursos y sistemas de registros y procesamientos que mejor se acomode a las características particulares del negocio, pero en todo caso deberá satisfacer los siguientes requisitos mínimos:

a) Permitirá identificar las operaciones individuales y sus características, así como conectar dichas operaciones individuales con los documentos comprobatorios de las mismas.

b) Permitirá seguir las huellas desde las operaciones individuales a las acumulaciones de que den como resultado las cifras finales de las cuentas y viceversa.

c) Permitirá la preparación de los estados que se incluyan en la información financiera del negocio.

d) Permitirá conectar y seguir la huella de dichos estados, la acumulación de las cuentas y las operaciones individuales.

e) Incluirá los sistemas de control y verificación internos necesarios para impedir la omisión de registro de operaciones, para asegurar la corrección del registro contable y para asegurar la corrección de las cifras resultantes.

Art. 34. Cualquiera que sea el sistema de registro que se emplee, se deberán llevar debidamente encuadernado, empastados y foliados el libro mayor y, en caso de las personas morales el libro o los libros de actas. La encuadernación de estos libros podrá hacerse a posteriori, dentro de los tres meses siguientes al cierre del ejercicio.

Art. 35. En el libro mayor se deberán anotar como mínimo una vez al mes, los nombres o designaciones de las cuentas de la contabilidad, su saldo al final del periodo del registro inmediato anterior, el total de movimiento de cargos o créditos a cada cuenta en el periodo y su saldo final. Podrán llevarse mayores particulares por oficina, segmentos de actividad o cualquier otra clasificación, pero en todos los casos deberá existir un mayor general en que se concentren todas las operaciones de la entidad.

Art. 36. En el libro o los libros de actas se harán constar todos los acuerdos relativos a la marcha del negocio que tomen las asambleas o juntas de socios, y en su caso, los Consejos de Administración.

Art.37. Todos los registros a que se refiere este capítulo deberán llevarse en castellano, aunque el comerciante sea extranjero. En caso de no cumplirse este requisito el comerciante incurrirá en una multa no menos de $25,000.00, no excederá del 5% de su capital y las autoridades podrán ordenar que se haga la traducción al castellano por medio de perito traductor debidamente reconocido siendo por cuenta del comerciante todos los costos originados por dicha traducción.

Art. 38. El comerciante deberá tener debidamente archivados, los comprobantes originales de sus comprobaciones de tal manera que puedan relacionarse con dichas operaciones y que el registro que de ella se haga deberá conservarlos por un plazo mínimo de 10 años.


Código fiscal de la federación.

De los derechos y obligaciones de los contribuyentes.


Art. 28. Las personas que de acuerdo con las disposiciones fiscales estén obligadas a llevar contabilidad, deberán observar las siguientes reglas:


I. Llevarán los esquemas y registros contables que señale el reglamento de este Código, los que deberán reunir los requisitos que establezca dicho reglamento.

II. Los asientos en la contabilidad serán analíticos y deberán efectuarse dentro de los dos meses siguientes a la fecha en que se realicen las actividades respectivas.

III. Llevarán la contabilidad en su domicilio. Dicha contabilidad podrá llevarse en lugar distinto cuando se cumplan los requisitos que señale el reglamento de este Código.


1.2.2. Leyes.


Ley del impuesto sobre la renta.

De las obligaciones de las sociedades mercantiles.



Art. 86. Frac. I. Llevar la contabilidad de conformidad con el Código Fiscal de la Federación, su reglamento y el reglamento de esta Ley y efectuar los registros en los mismos.

Cuando se realicen operaciones en moneda extranjera, deberá registrarse al tipo de cambio oficial vigente en la fecha en que se concierten.

Art.86.Frac. II. Expedir comprobantes por las actividades que realicen y conservar una copia de los mismos a disposición de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Los contribuyentes que lleven el método de Valuación de Detallistas, lo podrán combinar con cualquiera de los otros permitidos en esta fracción.

Ley del impuesto al Valor Agregado.

De las obligaciones de los contribuyentes.

Art.32.Frac. I. Llevar contabilidad de conformidad con el Código Fiscal de la Federación, su reglamento y reglamento de esta Ley, y efectuar conforme a este último la separación de los actos o actividades de las operaciones por las que deba pagarse el impuesto por las distintas tasas, de aquellos por los cuales esta Ley libera de pago.


1.2.3 Reglamentos.


Reglamento del Código Fiscal de la Federación.

De las obligaciones de los contribuyentes.



Art. 26.- Los sistemas y registros contables a que se refiere la fracción del artículo 28 del Código, deberán llevarse por los contribuyentes mediante los instrumentos, recurso y sistemas de registro y procesamiento que mejor convenga a las características particulares de su actividad.



Reglamento de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

De las obligaciones de los contribuyentes.



Art. 46. Para los efectos del artículo 32 de la Ley, los contribuyentes del Impuesto al Valor Agregado llevarán los libros de contabilidad y registros a que estén obligados para efectos del Impuesto Sobre la Renta. Cuando el contribuyente no cause este último impuesto, llevará como mínimos los libros Diario, Mayor y el de Inventarios y Balance, debidamente autorizados.


Obligación de llevar la contabilidad y sus diferentes aplicaciones.

a) En la iniciativa Privada.

Es obvio que al establecer una negociación o empresa ésta deberá reunir, para inicio de sus actividades, determinados requisitos. Entre los más importantes está el que marca el Código de Comercio en uno de sus artículos: La obligación de llevar contabilidad de acuerdo con los lineamientos enumerados en el Art. No. 33, que dice lo siguiente:

Capitulo III. De la Contabilidad Mercantil.

Art. 33. El comerciante esta obligado a llevar y mantener un sistema de contabilidad adecuado. Este sistema podrá llevarse mediante los instrumentos, recursos y sistemas de registro y procesamiento que mejor se acomoden a las características particulares del negocio, pero en todo caso deberá satisfacer los siguientes requisitos mínimos:

 Permitirá identificar las operaciones individuales y sus características, así como conectar dichas operaciones individuales con los documentos comprobatorios originales de las mismas.

 Permitirá seguir la huella desde las operaciones individuales a las acumulaciones que den como resultado las cifras finales de las cuentas y viceversa.

 Permitirá la preparación de los estados que se incluyen en la información financiera del negocio.

 Permitirá concertar y seguir la huella entre las cifras de dichos estados, las acumulaciones de las cuentas y las operaciones individuales.

 Incluirá los sistemas de control y verificación internos necesarios para impedir la omisión del registro de operaciones, para asegurar la corrección del registro contable y para asegurar la corrección de las cifras resultantes.

En los demás artículos siguientes el Código detalla la obligación de llevar registros contables, es decir libro de contabilidad, así como otros libros de acuerdo con el tipo de empresa al que se refiera; indica que todos estos registros deberán hacerse en castellano aunque el comerciante sea extranjero y en moneda nacional; en caso de no hacerlo así, se incurrirá en infracciones que serán sancionadas.

 Negociaciones o empresas de personas físicas.

La aplicación de la contabilidad se necesita en cualquier tipo de empresa o negociación, pero debemos de tomar en cuenta que existen diferentes clases de empresas, por ejemplo algunas personas físicas se dedican al comercio. Esas personas, si están consideradas como contribuyentes menores, únicamente deberán llevar el registro de sus ingresos y egresos.

 Negociaciones o empresas de personas morales.

No así las empresas constituidas como personas morales y personas físicas que sean consideradas como contribuyentes mayores, éstas están obligadas a cubrir todos los requisitos que les marquen las autoridades, dependiendo el tipo de empresa que deseen abrir o emprender.

b) En el sector público.

También el sector público o gobierno le importa que la contabilidad sea aplicada en las unidades económicas, a fin de diseñar formas tributarias, de acuerdo con cada una de las empresas o negociaciones, para el correcto cobro de los impuestos.

1.1.2 Entidad Económica

Ciclo económico de operación de las empresas o negociaciones comerciales.

Debemos de entender por ciclo económico de operación de las empresas, el tiempo que transcurre entre la adquisición de las partidas de inventario, como las mercancías, y su conversión en dinero en efectivo.

La sucesión típica de las transacciones involucradas, es la siguiente:

 La compra de las mercancías adquiridas al contado o a crédito.

 La liquidación de la deuda contraída, si la operación se efectuó a crédito.

 La venta de las mercancías dependiendo si esta se hace a crédito o al contado, la cual se ve incrementada con un porcentaje de utilidad.

 Liquidación por parte del cliente del adeudo por la adquisición de las mercancías a crédito.

 Recuperación del dinero en efectivo.

 Reinicio del ciclo.



Para finalizar es conveniente saber, que entendemos por empresa propiamente dicha. A cualquier organización comercial se le denomina entidad: recuérdese que ya se trato este vocablo con las palabras unidades económicas, que tiene el mismo significado. También podemos entender como empresa a todas las organizaciones de negocios.

Por lo tanto, encontramos gran variedad de empresas; entre otras, las siguientes:

Empresas industriales, comerciales, de servicios como bancarios, asociaciones profesionales, de transportación, de hospedaje, gubernamentales, etc.

Clasificación.

El avance tecnológico y económico ha originado la existencia de una gran diversidad de empresas. Aplicar la administración más adecuada a la realidad y a las necesidades específicas de cada empresa es la función básica de todo administrador. Resulta pues imprescindible analizar las diferentes clases de empresas existentes en nuestro medio.

A continuación se presentan algunos de los criterios de clasificación de las empresas más difundidas:

Actividad o giro.

Las empresas pueden clasificarse de acuerdo con la actividad que desarrollen en:

1. Industriales.- La actividad primordial de este tipo de empresas es la producción de bienes mediante la transformación y/o extracción de materias primas. Las industrias, a su vez, son susceptibles de clasificarse en:

 Extractivas: Cuando se dedican a la explotación de recursos naturales, ya sea renovables y no renovables entendiéndose por recursos naturales, todas las cosas de la naturaleza son indispensables para la subsistencia del hombre. Ejemplos de este tipo de empresa son las pesqueras, madereras, mineras y petroleras, etc.

 Manufactureras: Son empresas que transforman las materias primas en productos terminados, y pueden ser de dos tipos:

Empresas que producen bienes de consumo final: producen bienes que satisfacen directamente la necesidad del consumidor; estos pueden ser: duraderos o no duraderos, suntuarios o de primera necesidad.

Verbigracia: productos alimenticios, prendas de vestir, aparatos y accesorios eléctricos.

Empresas que producen bienes de producción. Estas empresas satisfacen preferentemente la demanda de las industrias de bienes de consumo final. Algunos ejemplos de este tipo de industrias son las productoras de papel, maquinaria pesada, materiales de construcción, productos químicos, maquinaria ligera etcétera.

2. Comerciales.- Son intermediarias entre productor y consumidor, su función principal es la compra-venta de productos terminados y pueden clasificarse en:

a) Mayoristas.- Cuando efectúan ventas en gran escala a otras empresas (minoristas) que a su vez distribuyen el producto al consumidor.

b) Minoristas o detallistas.- Las que venden el producto al menudeo o en pequeñas cantidades al consumidor.

c) Comisionistas.- Se dedican a vender mercancía que los productores les dan a consignación, percibiendo por esta función una ganancia o comisión.

3. Servicio.- Como su denominación lo indica, son aquellas que brindan un servicio a la comunidad y pueden o no, tener fines lucrativos, y pueden clasificarse en:

a) Transporte.

b) Turismo.

c) Instituciones financieras.

d) Servicios públicos.

 Comunicaciones.

 Energía.

 Agua.

e) Servicios privados varios.

 Asesoría.

 Diversos servicios contables, jurídicos y administrativos.

 Promoción y ventas.

 Agencias de publicidad.

f) Educación.

g) Salubridad (hospitales).

h) Finanzas.

Origen del capital.

Dependiendo del origen de las aportaciones de su capital y de carácter a quienes dirigen sus actividades, las empresas pueden clasificarse en:

 Publicas.- En este tipo el capital pertenece al estado y generalmente, su finalidad es satisfacer las necesidades de carácter social.

 Privadas.- Lo son cuando el capital es propiedad de inversionistas privados y la finalidad es eminentemente lucrativa. A su vez, pueden ser nacionales cuando los inversionistas son nacionales o nacionales extranjeros, y trasnacionales cuando la mayoría de los inversionistas son extranjeros y las utilidades se enfocan en el país de origen.

Concepto de Operaciones financieras

Técnicamente hablando, entendemos como operación un acto, o un método de actuar, de acuerdo con ciertas reglas, o la ejecución de cualquier trabajo planeado; como un paso o una serie ilimitada de pasos en la producción de otra actividad asociada con un individuo o con una máquina, con un departamento o con un proceso.

Pero contablemente hablando, debe entenderse como operación, todas y cada una de las actividades que realiza una institución o empresa, como compra de mercancías, venta, depósito de dinero o documentos en una institución de crédito o banco, un cobro, un pago, la compra de un bien mueble o inmueble, etc., como es lógico en una negociación o empresa, existen un gran número de operaciones en el desarrollo de las actividades normales de ésta, pero los que mencionamos en este párrafo son solamente algunas, las más frecuentes.

Para mejor comprensión de lo que indica la Ley, respecto a las personas físicas o morales diremos lo siguiente, que se encuentra detallado en el Código Civil:

Persona física: Es el mayor de edad que tiene facultad de disponer libremente de su persona y de sus bienes, salvo las limitaciones que establece la Ley.

Persona moral: Son personas morales, la nación, los Estados y Municipios, las demás corporaciones de carácter público reconocidas por la ley; las sociedades civiles o mercantiles; los sindicatos, las asociaciones profesionales y las demás a que se refiere la fracción XVI del Articulo 123 de la Constitución Federal; las sociedades cooperativas y mutualistas, y las asociaciones distintas de las enumeradas que se propongan fines políticos, científicos, artísticos, de recreo o cualquier otro fin lícito, siempre que no fueren desconocidas por la Ley.


Definición de Contabilidad.

Es muy difícil manejar la contabilidad como disciplina técnica y como materia regida por normas y procedimientos generalmente aceptados, por todas las personas que la practican; ya que existen diferentes puntos de vistas y criterios al aplicarlas.

Sin embargo a continuación daremos algunas definiciones de contabilidad en opinión de algunos estudiosos de la materia. Finalmente exponemos el concepto y definición de contabilidad.

El C.P. Elías Lara Autor de la obra “Primer Curso de Contabilidad”, dice: Contabilidad es la ciencia que enseña las normas y procedimientos para ordenar, analizar y registrar las operaciones practicadas por unidades económicas individuales o constituidas bajo la forma de sociedades civiles o mercantiles (banca, industria, comercio, instituciones de beneficencia, etc.)

El C.P. Maximino Anzures Autor de la obra “Contabilidad General”, dice: Contabilidad es un registro metódico, de las operaciones de una empresa y sirve al empresario para controlar el movimiento de sus valores; conocer el resultado de sus operaciones su posición con respecto a sus acreedores y servir en todo tiempo de medio de prueba de su actuación comercial.


El Comité de Terminología del Instituto Americano de Contadores Públicos, en uno de sus informes dice: Contabilidad es el arte de registrar, clasificar y resumir de manera significativa en términos monetarios, transacciones que son, en parte al menos, de carácter financiero, así como interpretar los resultados obtenidos.

Como podemos observar es muy difícil decidir si la contabilidad es un arte, una ciencia, una técnica o un medio, pero lo que si podemos definir es que nos sirve para elaborar la historia de todas las operaciones que realiza una negociación o empresa de ahí que demos esta pequeña y sencilla definición: la Contabilidad es un registro sistemático y cronológico de todas las operaciones que realiza una empresa.

Ésta es una definición tradicional de contabilidad se dice que es un registro sistemático porque las operaciones que realiza una empresa debe registrarse o contabilizarse siguiendo un sistema, lo cual se hace en los libros o registros especiales que se utilizan para tal efecto.

Se dice que la contabilidad es un registro cronológico ya que el registro de las operaciones se hace por orden de fecha es decir, siguiendo la secuencia de tiempo en que se van efectuando.

Operación Contable.

Su significado y concepto.

Cada una de las actividades comerciales, industriales y financieras que realizan las empresas recibe el nombre de operación contable, por eso en contabilidad se menciona con mucha frecuencia las expresiones “operaciones efectuadas”, “registro de operaciones”, etc. Ya que se refiere a las operaciones o actividades que constituyen la vida de la empresa.

Si tomamos como ejemplo una empresa comercial que se dedica a la compra y venta de muebles, sus actividades u operaciones consistirán en compras de muebles para venderlos a un precio mayor y para obtener una ganancia. De la compra y venta de muebles, que serian las operaciones principales de una mueblería se derivarían otras operaciones, tales como cobros a los clientes del importe de la renta a crédito, pago a los proveedores el valor de las compras efectuadas a crédito, efectuar depósitos en el banco, pago de sueldos a los empleados, servicios de luz, agua, teléfono: facturas por publicidad, renta del local, impuestos, gastos del equipo de transporte etc.

Pues bien, cada una de las operaciones mencionadas en el párrafo anterior deberá contabilizarse en los libros de contabilidad que son cuadernos especiales con un rayado adecuado para los datos que deben anotarse.

Quienes deben llevar contabilidad.

La ley de la materia establece las personas físicas o morales (empresas) que deben llevar contabilidad en forma obligatoria aunque puedan hacer uso de la contabilidad cualquier empresa o individuo que desee saber el monto de sus ingresos, de sus gastos y de la diferencia entre estos o bien, para conocer y controlar el valor de sus bienes o propiedades (activo) así como la totalidad de sus deudas (pasivo) y la diferencia entre lo que se tiene y lo que se debe (capital), esto lo sabe al elaborar un balance general.

Registro de las operaciones.

Como ya se ha indicado, las operaciones se registran siguiendo un sistema y por orden de fechas: esto se hace en los libros especiales de acuerdo con lo establecido en la legislación correspondiente.

Existen varios sistemas para registrar las operaciones de los libros de contabilidad.

Importancia de la Contabilidad y su Finalidad en Negociaciones y Empresas.

La importancia de la contabilidad es primordial para todas aquellas instituciones, empresas o negociaciones lucrativas o no lucrativas y de servicio o gubernamentales que estén constituidas como unidades económicas a fin de llevar una historia de todas las actividades que se registren dentro de la unidad, que afecten o modifiquen la situación económica y financiera de la misma.






La contabilidad es importante para un sin número de personas, entre las cuales se encuentran las siguientes.






a) Propietarios y socios.






A estos les interesa, para conocer la situación económica y financiera de las unidades económicas que tienen y manejan, así como para la toma de decisiones a futuro; para el mejor desarrollo de las actividades y operaciones de las mismas.






b) Gerentes y Administradores.






A estos les interesa, para conocer también la situación financiera y económica de la empresa, para comprobar los métodos y sistemas empleados en el control de las actividades u operaciones desarrolladas en la unidad económica.














c) Terceros: Proveedores, Acreedores, Instituciones Financieras o de Crédito.






A estas personas o instituciones, les interesa, para tomar criterios sobre líneas u operaciones de crédito, es decir, que de acuerdo con la situación económica y financiera de una empresa se determina si esta es solvente o sujeto a crédito o hasta que límite se puede endeudar. En la actualidad la situación de las unidades económicas es un factor predominante para el otorgamiento de créditos de cualquier especie.






d) El Gobierno y Autoridades.






Para el gobierno y autoridades administrativas tributarias es de primordial interés que exista la contabilidad en las unidades económicas, ya que sin ésta, no se podría saber el quehacer comercial que realiza cada unidad por lo tanto, no se podría conocer el monto o cantidad tributaria – impuestos – que debe cubrir por la actividad que desempeña cada una de estas unidades.






e) Sindicatos y Trabajadores, Representantes de Trabajadores.






A los trabajadores, a los representantes de trabajadores y a las instituciones sindicales, le es importante que la unidad económica tenga una contabilidad adecuada, para conocer la solidez de ésta, así como también para determinar la parte proporcional que les corresponda de acuerdo a la Ley Federal del Trabajo, en el reparto de las utilidades de las mencionadas unidades económicas.






f) Futuros Inversionistas.






A estos les interesa conocer la situación económica y financiera de las unidades económicas, y también la historia contable que éstas han desarrollado, a fin de poder efectuar inversiones en las que más beneficios les reditúen.






Debemos considerar que en los anteriores incisos, hablamos de unidades económicas, entendiéndose que es cualquier persona o grupo de personas que tengan un nombre, un propósito en común y que efectúen transacciones comerciales con el público. Ejemplos: Una persona moral o física; una familia, una empresa o negociación lucrativa o no lucrativa, una empresa gubernamental o de servicios, un grupo de empresas comerciales que operen bajo un control común, etc.